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Sujetos del Impuesto de Sociedades

21 Julio 2020

Gestiones

Quien determina qué empresas están sujetas al Impuesto de Sociedades es la Residencia y el Domicilio Fiscal.

Son residentes en territorio español las entidades en las que concurra alguno de los siguientes requisitos:

  • Que se hubiesen constituido conforme a las leyes españolas.
  • Que tengan su domicilio social en territorio español.
  • Que tengan su sede de dirección efectiva en territorio español.

Se entenderá que una entidad tiene su sede de dirección efectiva en territorio español cuan­do en él radique la dirección y control del conjunto de sus actividades.

La Administración tributaria podrá presumir que una entidad radicada en algún país o terri­torio de nula tributación o calficado como paraíso fiscal, tiene su residencia en territorio español cuando:

- sus activos principales, directa o indirectamente, consistan en bienes situados o derechos que se cumplan o ejerciten en territorio español.

- su actividad principal se desarrolle en territorio español.

Esta presunción no tendrá efecto cuando dicha entidad acredite que su dirección y efectiva gestión tienen lugar en aquel país o territorio, asií como que la constitución y operativa de la entidad responde a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas distintas de la gestión de valores u otros activos.

Asimismo, los contribuyentes residentes en territorio español deben disponer de un domicilio fiscal que establezca un punto geográfico a efectos de poder relacionarse con la Administra­ción tributaria.

En este sentido, la normativa del Impuesto establece un orden de prelación para determinar cuál será el domicilio fiscal de los contribuyentes:

- El domicilio social, siempre que en él esté efectivamente centralizada la gestión adminis­trativa y la dirección de sus negocios.

- Si no se puede aplicar el criterio del domicilio social, se atenderá al lugar en que se realice dicha gestión o dirección.

- En los supuestos en que no pueda establecerse el lugar del domicilio fiscal de acuerdo con los criterios anteriores, prevalecerá aquél donde radique el mayor valor del inmovilizado.

Contribuyentes

Son contribuyentes del Impuesto cuando tengan su residencia en territorio español:

a) Con personalidad jurídica.

Se incluyen toda clase de entidades, cualquiera que sea su forma o denominación, excepto las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil. Para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2016, la LIS establece como contribuyentes a las sociedades civiles que tengan objeto mercantil.

Dentro de este apartado se incluyen, entre otras:

- Las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas, laborales, etc.

- Las sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.

- Las sociedades cooperativas y las sociedades agrarias de transformación.

- Las sociedades unipersonales.

- Las agrupaciones de interés económico.

- Las agrupaciones europeas de interés económico.

- Las asociaciones, fundaciones e instituciones de todo tipo, tanto públicas como privadas.

- Los entes públicos (Administraciones del Estado, AdministracioÃÅn de las Comunidades AutoÃÅnomas, Corporaciones locales, Organismos Autónomos, etc.).

b) Sin personalidad jurídica.

Dentro de este apartado se incluyen las siguientes entidades:

- Los fondos de inversión.

- Las uniones temporales de empresas.

- Los fondos de capital-riesgo, y los fondos de inversión colectiva de tipo cerrado.

- Los fondos de pensiones.

- Los fondos de regulación del mercado hipotecario.

- Los fondos de titulización.

- Los fondos de garantía de inversiones.

- Las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.

- Los Fondos de Activos Bancarios.

Los contribuyentes serán gravados por su renta mundial, es decir, por la totalidad de la renta que obtengan, con independencia del lugar donde se hubiere producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.

Por último, la normativa del Impuesto sobre Sociedades establece que los contribuyentes de este Impuesto se designarán abreviada e indistintamente por las denominaciones sociedades o entidades.

Información de Sociedades Manual Práctico

NOTA: esta información es meramente consultiva y no tiene porque estar actualizada en todo momento. Si desea más información consulte directamente con los profesionales de Asequo.

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