Información Sucesiones no Residentes
Asequo le soluciona todas las cuestiones y trámites en la gestión de Sucesiones de no Residentes.
Entre las áreas en las que se ha especializado Asequo las Sucesiones de no residentes son de las más demandadas por la gran complejidad que presenta.
Sujetos Pasivos
Son sujetos pasivos del impuesto, los herederos, legatarios o beneficiarios que no tengan su residencia habitual en España; o que aún siendo residentes, el causante (persona fallecida) no hubiera tenido su residencia habitual en España.
Para la determinación de la residencia habitual, se estará a lo establecido en las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 35/2006, de 28 de noviembre).
Para el Modelo de Autoliquidación, lugar de ingreso, de presentación, documentación a presentar, plazos, etc, consulte con Asequo.
Entre la Legislación Aplicable a Sucesiones de no residentes podemos remarcar:
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
Contar con una Gestoría/Asesoría como Asequo le va a ayudar de dos modos claros:
- Cumpliendo con la normativa, y por tanto, dejando a un lado posibles problemas legales
- Mirando por su interés. Siempre vamos a velar por su beneficio, dentro de los márgenes que podamos.