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Grandes Empresas: conceptos definitorios

12 May 2020

Sede Banco Espana

Se consideran Grandes Empresas (GGEE), según Informe de la Agencia Tributaria, las personas físicas o jurídicas cuyo volumen de operaciones exceda la cifra de 6,01 millones de euros durante el año natural inmediatamente anterior. La determinación del volumen de operaciones se hace de acuerdo al artículo 121 de la Ley 37/1992 del IVA.

La manera de entender las Grandes Empresas varía entre el concepto europeo y el nacional. En Europa se considera Gran Empresa a aquella que factura una cifra anual superior a 50 millones de euros y emplea más de 250 trabajadores-año, mientras que las Medianas Empresas se definen por tener una facturación entre 10 y 50 millones de euros, una plantilla entre 50 y 250 personas y una condición de independencia. El resto son bien Pequeñas Empresas (facturan entre 5 y de 10 millones de euros al año, cuentan con una plantilla de entre 10 y 50 trabajadores y son independientes), bien Microempresas (con una facturación por debajo de 5 millones, menos de 10 trabajadores e independientes). Sólo alrededor de un 15% de las empresas que forman parte del Censo de GGEE pueden ser consideradas también GGEE de acuerdo a la normativa europea.

Las empresas consideradas como grandes a efectos fiscales tienen la obligación de presentar mensualmente sus declaraciones-autoliquidaciones referidas a retenciones, IVA, impuestos especiales y primas de seguro.



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