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Asequo te ayuda a entender el Informe del Vehículo

Asequo te ayuda a entender el Informe del Vehículo
05 Julio 2022

Asequo, Asesoría y Gestoría ubicada en Leganés Norte junto con Adiser, y especializada entre otros servicios en Gestiones de Tráfico, le aclara los términos que aparecen en el Informe de un vehículo.

Según aparece en la Web de la Dirección General de Tráfico, perteneciente al Ministerio del Interior, el informe del vehículo está divido en secciones. Si en su informe no aparece alguna de las secciones indicadas significa que el vehículo no tiene ninguna anotación relativa a ella.

Sección de Datos Generales:
Si aparece Renting: SI significa que el vehículo pertenece a una empresa de renting.

Sección de Cotitulares:
Indica que la titularidad del vehículo corresponde a varias personas. Cualquier trámite que afecte al vehículo debe autorizarse por todos los titulares.

Sección de Arrendatarios:
Informa sobre la persona o empresa que ha contratado la utilización del vehículo en régimen de renting.

Sección de última transferencia:
Muestra el número de transferencias que ha tenido el vehículo y la fecha de la última.

Sección de Historial de bajas:
Si el vehículo está en situación de:

Baja definitiva comunicada por un Centro Autorizado de Tratamiento de vehículos, el vehículo no puede volver a circular pues está destruido conforme a criterios medioambientales.

Baja temporal voluntaria, por sustracción, por entrega a un compraventa o en situación de baja definitiva por exportación o tránsito comunitario, antes de adquirir o circular con el vehículo, debe informarse en cualquier Jefatura o en www.dgt.es de los trámites requeridos para solicitar un permiso que autorice la circulación del vehículo.

Sección de Inspecciones técnicas:
Se informa si la Inspección Técnica del Vehículo (ITV) está en vigor así como la fecha de la última inspección realizada y el resultado de la misma.

En el caso de que el resultado de la última inspección anotada fuera negativo, el vehículo no podrá circular.

Si el resultado fuera desfavorable, únicamente podrá circular para ir a un taller de reparación o a la estación ITV para volver a realizar la inspección técnica.

Sección de Incidencias:
Si aparece el texto "incidencia denegatoria" se aconseja no solicitar ningún trámite hasta que le hayan informado en la Jefatura de Tráfico del contenido y efectos de la incidencia.

Sección de Embargos y Precintos:
Esta sección indica que una autoridad administrativa o judicial ha comunicado a la DGT que recae sobre el vehículo un embargo o un precinto.

Sección de Limitaciones de disposición:
Indica que el Registro Central de Bienes Muebles ha comunicado a la Dirección General de Tráfico que sobre el vehículo existe un leasing, una reserva de dominio o cualquier otra carga o gravamen sobre el vehículo. Si sobre el vehículo ya no deberían recaer las limitaciones de disposición mencionadas, el titular del vehículo debe acudir al Registro de Bienes Muebles para cancelar estas anotaciones.

Cualquier limitación de disposición impide el cambio de titularidad del vehículo o la baja del mismo por exportación o tránsito comunitario.

Sección de Exenciones:
En caso de que en el momento de la matriculación del vehículo, el titular del mismo se haya beneficiado de una exención en el impuesto de matriculación aparecerá el siguiente texto: EXENTO PR IEDMT.

Sección de I.V.T.M:
Consta que un Ayuntamiento ha comunicado a la Dirección General de Tráfico que el titular del vehículo no está al corriente de pago del Impuesto de Circulación. Para poder cambiar de nombre el vehículo se debe acudir a la entidad local para liquidar el impuesto pendiente.

Nota: estos datos son recogidos de la web de la propia DGT, pero no implica que estén actualizados, para ello deben consultar directamente con la Administración.



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