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Novedades 2014 para empresas y autónomos

09 Enero 2014

personal asequo

Asequo le informa de algunas de las novedades que pueden afectar a su empresa durante 2014. Asequo vela por los intereses de su empresa y por este motivo siempre está atento de todas las novedades que pueden afectar a la cuenta de resultados de su negocio.

Se modifica el tipo impositivo aplicable a inmuebles por el concepto TPO en la Comunidad de Madrid. (DLeg Madrid 1/2010 art.28 redacc L Madrid 6/2013 art1.dos, BOCM 30-12-2013)

Con efectos desde el 1-1-2014 el tipo impositivo por el concepto TPO , con carácter general, es el 6%, en la transmisión de inmuebles, así como en la constitución y en la cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, excepto en los derechos reales de garantía.

Con efectos 1-1-2014 se reduce en Madrid el tipo de gravamen aplicable a la cuota gradual de documentos notariales de AJD. (DLeg Madrid 1/2010 art.32.1, 33.1 Y 36 redacc L Madrid 6/2013 art1.tres, cuatro y cinco, BOCM 30-12-2013)

Con efectos 1-1-2014 se reduce del 1% al 0,75% el tipo de gravamen de la cuota gradual correspondiente a los siguientes documentos notariales:

– los que se formalicen adquisiciones de viviendas cuando se transmitan viviendas cuyo valor real sea superior a 180.000 euros;
– los que constituyan hipotecas en garantía de préstamos para la adquisición de viviendas cuando el valor real del derecho que se constituya sea superior a 180.000 euros; y
– en las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten actos o contratos distintos de los regulados de forma expresa en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado.

Interés legal del dinero durante 2014. (L 22/2013 DISP.ADIC 32ª.uno BOE 26-12-2013)

El tipo de interés legal del dinero se establece, durante el año 2014, en el 4%.

Interés de demora durante 2014. (L 22/2013 DISP.ADIC 32ª.dos BOE 26-12-2013)

El tipo de interés de demora tributario (LGT ART.26.6) se establece, durante el año 2014, en el 5%.

Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM)

Se aprueban las cuantías del indicador de renta de efectos múltiples para 2014, sin que las mismas se vean modificadas respecto a las aprobadas para 2013. (L 22/2013 DISP.ADIC 80ª BOE 26-12-2013)

Durante 2014 el indicador de renta de efectos múltiples (IPREM) va a tener las siguientes cuantías:

a) El IPREM diario, 17,75 euros.
b) El IPREM mensual, 532,51 euros.
c) El IPREM anual, 6.390,13 euros.

En los supuestos en los que la referencia al salario mínimo interprofesional haya sido sustituida por la referencia al IPREM, la cuantía anual de este va a ser de 7.455,14 euros, cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual. No obstante, si expresamente se excluyen las pagas extraordinarias la cuantía va a ser de 6.390,13 euros.

Se extiende al período impositivo 2014 la posibilidad de aplicar la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo. (L IRPF disp.adic.27ª redacc L 22/2013 art 66. BOE 26-12-2013)

Con efectos desde el 1-1-2009 se aprobó una nueva reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo, de manera que en cada uno de los períodos impositivos 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, los contribuyentes que ejerciesen actividades económicas cuyo importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de ellas fuese inferior a 5 millones de euros y tuviesen una plantilla media inferior a 25 empleados, podrían reducir en un 20% el rendimiento neto positivo declarado, minorado en su caso por las reducciones de la LIRPF art.32, correspondiente a las mismas, cuando mantuviesen o creasen empleo. La posibilidad de aplicar esta reducción en los mismos términos en los que venía siendo regulada se prorroga al período impositivo 2014.



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